Peregrina contestación de la consejría
INFORME
Analizado el escrito de alegaciones a la contestación realizada por este centro directivo con fecha 21 de junio de 2006, procede efectuar las siguientes consideraciones:
Primero. En el escrito suscrito por un conjunto de profesores y profesoras del ÍES "Domingo Pérez Minik", según hemos deducido a través de la lectura del documento puesto que no se identifican como tales, hay que distinguir entre aquellas alegaciones que tratan de rebatir los argumentos esgrimidos en la contestación de 21 de junio pasado y aquellas otras alegaciones que aparecen por primera vez en este escrito, ya que no figuraban en la queja original y, en consecuencia, difícilmente podían haber sido objeto de la respuesta arriba mencionada. Nos referimos a que los destinatarios de esas fórmulas de escolarización alternativa que se solicitan son descritos en estas segundas alegaciones corno; "... un muchacho con problemas psiquiátricos o conductas disociales y violentas"; "...adolescentes con alteraciones graves de conducía..."; "...un adolescente con un fuerte trastorno de personalidad o de comportamiento"; e incluso se afirma, "que, simplemente, necesitan un tratamiento psicológico y reeducador a cargo de especialistas...". Ninguna de estas descripciones figuraba en el primer escrito de queja y, tal vez, fuera ésta una de las razones por las que no se pudo satisfacer la inquietud manifestada por este colectivo de profesorado.
\Segundo. Querernos responder, en primer término, a la afirmación que tacha de "incoherente" la respuesta ofrecida por la DGOIE, porque, entre otras posibilidades, plantea a los centros la alternativa de los Programas de Mejora de la Convivencia (PROMECO). Hemos de decir que el profesorado reclamante omite aquellos apartados de la Resolución de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de 29 de marzo de 2006 (BOC de 21 de abril), en los que se trata de dotar a estos programas de una flexibilidad en su estructura, organización y horario que permita adaptarse a las necesidades del alumnado que los requiera y de los centros que lo soliciten. Cabe destacar que la Resolución de 4 de abril de 2005, que contemplaba las medidas de atención a la diversidad para el curso 2005-2006, ya incluía un apartado de estas características. Las solicitudes autorizadas a los centros abarcan varias modalidades que van desde la integración del alumnado propuesto en el grupo ordinario la mayor parte de la jornada escolar con salidas puntuales para el desarrollo de tutorías individualizadas, hasta la configuración de grupos específicos durante todo el horario escolar para el alumnado propuesto, que habitualmente presenta una estructura de talleres.
Asimismo, en el apartado 5 de la medida sexta de la citada Resolución se estipula que excepcionalmente la solicitud de los programas de mejora de la convivencia podrá incorporar alumnado de varios centros educativos, así como una jornada diferente de la establecida con carácter general para esta etapa educativa, previa autorización de la Dirección Territorial.
Este supuesto permite una propuesta conjunta de varios centros con un entorno socioeconómico similar, en el que se encuentren escolarizados alumnos y alumnas de quince, catorce y hasta de trece años que presenten dificultades de aprendizaje asociadas a desajustes de conducta, estableciéndose en el apartado 9 de esta medida que se constituirá una comisión integrada, al menos, por los Directores y Directoras de los centros de procedencia del alumnado y por los representantes de la Inspección de Educación, para la elaboración conjunta de la propuesta.
De la lectura completa de esta regulación se deduce que no se establece ningún condicionante en lo relativo a la estructura, organización u horario para la autorización de estos programas,
Tercero. Por otro lado, en la respuesta proporcionada en primera instancia se hablaba por completar la información, de otras medidas que, si bien no son competencia de esta Dirección General, se aplican para casos similares a los descritos entonces por esos centros. Se trataba de la oferta de los Programas de Garantía Social y de las Tutorías de Jóvenes. Como tampoco parecía satisfacer la respuesta dada a este respecto, en la medida en que existían quejas sobre la amplitud de esa oferta, tal vez sería conveniente recabar una información más completa de los centros directivos que tienen competencias sobre la materia, esto es, la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, y la Dirección General de Promoción Educativa.
Cuarto. Finalmente, es obvio que los casos más graves a los que en estas segundas alegaciones se hace referencia, precisan de respuestas que exceden del marco del centro educativo. Para estos supuestos de problemas psiquiátricos, alteraciones graves de conducta, fuertes trastornos de personalidad o de comportamiento, etc., se han puesto en funcionamiento distintas medidas de atención conjuntamente con la Consejería de Sanidad. Son varios los programas dirigidos a este alumnado. Así, el "Programa de atención a la salud mental Infante-Juvenil de la Comunidad de Canarias" establece los procedimientos y recursos necesarios para dicha atención. Dentro del campo educativo corresponde a los EOEP derivar al alumnado con problemas a los servicios de Atención primaria que proporcionarán la respuesta más adecuada. En ese sentido desde el mes de abril de 2005 funciona en Santa Cruz de Tenerife una Unidad Educativa en el Hospital de Día Infante-Juvenil en el que se atiende a aquel alumnado que precisa de internamiento diario, unos días a la semana o por periodos de tiempo determinados. Actualmente la Unidad de Tenerife atiende a 40 alumnos y alimañas. En enero de 2006 se puso en marcha una Unidad de las mismas características en Gran Canaria. Con la finalidad de complementar aun más las respuestas educativa, desde el curso pasado la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa ha iniciado dos nuevos programas "Programa para la atención educativa al alumnado con TDAH" y el "Programa para la atención educativa al alumnado con problemas de conducta y alteraciones emocionales", en el que se está analizando la prevalencia de casos en la Comunidad Autónoma, habiéndose concluido el estudio en Secundaria y estando en proceso de realización en Primaria, a través de la selección aleatoria de una muestra suficiente de alumnado de centros de distintas características.
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